En el matrimonio propiamente existen tres manifestaciones de voluntad, la de la mujer,la del hombre y la del juez del registro Civil las primeras dos deben formar consentimiento, es decir, manifestarse en el sentido de estar de acuerdo los contrayentes, para que el juez del registro Civil exteriorice a su voluntad del estado al declararlos legalmente unidos en dicho matrimonio
Consentimiento es un elemento de existencia en el matrimonio, éste sera inexistente por la 'alta del mismo sólo la 'alta de acuerdo entre los pretendientes, sino también la omisión en cuanto a la declaratoria que debe hacer el juez del registro Civil, sera causa de inexistencia.
MANIFESTACIÓN DE LA VOLUNTAD La manifestación de la voluntad es la exteriorización de la misma realizada por la persona con la finalidad de dar a conocer hacia los demás los que desean o lo que persigue. Sin la manifestación la voluntad no puede haber acto jurídico, y esta debe manifestarse de alguna manera, pero esta manifestación debe ser entendida por otras personas, es por eso que existen tanto la manifestación expresa como las tácita como formas de entender la voluntad de la personas. Expresa.- Abarca el uso del medio escrito u oral o a través de signos inequívocos, gestos indicativos, lenguaje que permita su entendimiento en forma directa. Tácita.- Consiste en la exteriorización de la voluntad de manera indirecta, esto quiere decir que la voluntad de realizar un acto se da a entender o invita a deducir lo que quiere la persona. En el matrimonio la manifestación de la voluntad se da por medio del consentimiento, ya que tanto los contrayentes como el Oficial del Registro Civil, deben de manifestar su consentimiento del acto. EL CONSENTIMIENTO De acuerdo al Código de Familia para el Estado de Sonora en el matrimonio propiamente existen tres manifestaciones de voluntad: la de la mujer, la del hombre y del Oficial del Registro Civil. Las dos primeras deben formar consentimiento, es decir, manifestarse en el sentido de estar de acuerdo los contrayentes en unirse en matrimonio para que el Oficial del Registro Civil exteriorice la voluntad del Estado al declararlos legalmente unidos en matrimonio. El consentimiento es necesario en nuestro régimen legal para la existencia del matrimonio. El Oficial del Registro Civil después de las lecturas previas, y de identificar a los pretendientes, “preguntará a cada uno de los pretendientes si es su voluntad unirse en matrimonio, y si están conformes, los declaré unidos en nombre de la Ley y de la sociedad.